20/10/2015 – México.- La Secretaría de Economía (SE), a través de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) dio a conocer la lista de 12 nuevos instrumentos de medición de verificación obligatoria, con lo que queda cubierto el cobro justo de 90 por ciento del gasto que hacen los consumidores en productos y servicios de la canasta básica.
Entre los instrumentos de medición que deberán ser verificados en su calibración antes de su salida de la fábrica y posteriormente, cada tres años, una vez instalados, destacan los de agua, luz, gasolina y gas doméstico, precisó la titular de la Profeco, Lorena Martínez.
«Modelos tipo»
Indicó que el proceso que llevará alrededor de un año, toda que una vez publicada la lista, se debe publicar los “modelos tipo”; posteriormente la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA) tiene que generar la unidades de verificación y después la Profeco participaría en la verificación aleatoria de los instrumentos. Los fabricantes de los instrumentos medidores, puntualizó la funcionaria, contarán con ese año para adecuar su producto, de acuerdo con el modelo “tipo”, aprobado por la autoridad. Los instrumentos que ya se encuentran instalados en los hogares e industrias deberán ser revisados en su calibración por la propia empresa, acto que supervisará la Profeco con verificaciones aleatorias.
Anomalías serán sancionadas
Martínez añadió que la verificación de los medidores antes de salir de la fábrica estará a cargo de personal de la Entidad Mexicana de Acreditación, a través de sus unidades de verificación, mientras que la Profeco llevará a cabo visitas aleatorias en las casas o industrias para constatar la buena calibración. Recordó que en caso de encontrar algún tipo de anomalía, la empresa fabricante será sancionada por hasta tres millones de pesos y/o con castigo administrativo, lo que dependerá de la gravedad y reincidencia de la falta. Con la nueva norma, la empresa está obligada a revisar y calibrar su instrumentos de medición, tienen que adecuar sus instrumentos de medición al “modelo tipo”, es decir, al que fue autorizado previa autorización y revisión, abundó.
Publicada en el DOF
La lista actualizada de los instrumentos que deben ser verificados obligatoriamente de acuerdo con la publicación del Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 23 de septiembre son instrumentos para pesar, sistemas para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos. De igual forma, medidores para gas natural LP, relojes registradores de tiempo, taxímetros, watthorímetros y medidor de flujo de agua; higrómetro para granos, radar de control de velocidad o pistola radar y medidor de gas estacionario. En entrevista posterior a la presentación de la nueva lista, la funcionaria ejemplificó que en el país hay más de 27 millones de watthorímetros o medidores de luz que no están verificados en su calibración. Y es que 27 por ciento de las quejas que recibe la Profeco son contra la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y de ese porcentaje, 40 por ciento son respecto al descontento del consumidor por la medición.
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