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Ley de Medios de Impugnación y su valía

En el Tribunal Electoral del Poder Judicial de Tamaulipas se pospuso la sesión del día 26 próximo, en la que, se rendiría el informe de las acciones realizadas por ese cuerpo colegiado durante el proceso local electoral de este año, que sirvió para la elección de los alcaldes que tomaron posesión el 1 de octubre.
El magistrado presidente, René Osiris Sánchez Rivas, dijo que, debido a asuntos de agenda, la sesión se reprogramará, en el entendido de que, no pasarán muchos días para que ello ocurra, quizá, porque el proceso 2017-2018 es cosa del pasado y lo actual es el esquema mediante el cual se elegirá a los 22 diputados de mayoría relativa y los 14 plurinominales para la próxima Legislatura.
El hecho de que el informe del Tribunal Electoral se haya postergado, no riñe con la importancia del mismo y conocerlo permitirá concretar opiniones y determinantes que sirvan de base para establecer si, aquello que los ciudadanos piensan de la forma en que llegaron los alcaldes, cumplió con los principios establecidos en la Legislación electoral de la entidad.
Puede pensarse que ya para que el informe del magistrado, sí hay alcaldes que andan medio arrepentidos de haber participado en el proceso, ya que, nadie les dijo que una cosa era querer gobernar sus municipios y otra muy diferentes hacerlo.
Interesante por donde quiera que se vea, serán los detalles de las incidencias del proceso electoral y las resoluciones que, a cada medio de impugnación presentado conforme a la Ley de Medios de Impugnación de Tamaulipas, se dio, máxime si pensamos que detrás de cada proyecto elaborado por los magistrados electorales existe una historia importante que debe de contarse y documentarse.
Debemos de partir de que el objetivo de los medios de impugnación regulados por la ley son que todos los actos y resoluciones de las autoridades y de consulta popular se sujeten de manera invariable al principio de legalidad, así como, la definitividad de los distintos actos y etapas de los procesos electorales. Esto, según lo prevé el Artículo cuarto de la ley.
Tan clara es la ley que, en su Artículo cinco dice que corresponde al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la entidad conocer y resolver los medios de impugnación previstos en la Legislación, con plena jurisdicción, de ahí que, informar de aquello que se hizo con las impugnaciones de los ciudadanos, partidos y personas, siempre será importante.
Ahora bien, echar mano de los medios de impugnación, tiene su chiste, porque debieron de acatarse las disposiciones generales, entre ellas, sujetarse a los plazos y términos para impugnar, registrar cada medio de impugnación y en primera instancia esperar una definición de improcedencia o sobreseimiento.
De esto último existieron muchos casos que las personas no querían entender, pero, por estar marcados en la ley debieron de ser aceptados ya que, se rechazaron porque no eran presentados por escrito de manera formal, eran frívolos o bien porque no existían hechos y agravios expuestos o habiéndose señalado los hechos, de ellos no se pudiera deducir el agravio y que el promovente careciese de legitimación.
Aceptados y para su resolución, los medios de impugnación debieron de probarse con documentales públicas y privadas, técnicas, presunciones legales y humanos, instrumental de actuaciones, la confesional y la testimonial, para que, de esa manera, los magistrados electorales pudiesen elaborar sus proyectos de resolución, que, son de los que el presidente del TEPJT, René Osiris Sánchez Rivas, hablará cuando presente el informe final de la actuación que tuvieron en asunto de la elección de los alcaldes que ya están en funciones.
Es la Fracción XIII del Artículo 102, incluido en el Capítulo Segundo de la Ley de Medios de Impugnación del Estado de Tamaulipas, el que establece que el magistrado presidente debe de rendir un informe público al término de cada proceso electoral, respecto a las actividades del Tribunal.

Los otros
Ya que andamos en esto del proceso electoral del pasado, será este miércoles, cuando el presidente del IETAM, consejero Miguel Ángel Chávez García, haga la declaratoria de clausura del que se llevó a cabo entre 2017 y 2018, para la elección de los 43 alcaldes de la entidad.
Desde luego, habrá sesión ordinaria del Consejo General Electoral del IETAM, prevista para las once de la mañana y en la cual, se aprobarán las actas de las sesiones anteriores que todavía no se votan en ese cuerpo colegiado, 10 de ellas para ser exactos.
También se votará el proyecto de acuerdo del Consejo para ratificar al Comité Técnico Asesor que operará el proceso electoral ordinario 2018-2019, para cumplir con lo previsto en el Reglamento de Elección del INE.
Será además oportunidad para que los consejeros que tienen a su cargo comisiones del Consejo General presenten los informes de actividades finales relacionado con el asunto de la elección de los alcaldes y escucharán un reporte de los informes presentados en su oportunidad por los responsables de los Consejos Municipales.
Por otro lado, este miércoles se terminan las comparecencias de los secretarios que el Congreso de Tamaulipas citó para que amplíen, los temas contenidos en el II Informe de Gobierno del Titular del Poder Ejecutivo de la entidad.

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