Opinión
Gaceta
El protocolo para ser Presidente Electo
9/08/2018 – Luego de que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, TEPJF, corroboró que las elecciones del pasado uno de julio fueron producto de un auténtico ejercicio democrático, en el cual se cumplieron las formalidades procedimentales establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley, determinó que la elección de presidente de los Estados Unidos Mexicanos debe declararse válida.
Esto es que, quien fuera candidato del Partido Movimiento de Regeneración Nacional, Andrés López Obrador, tuvo la aprobación por unanimidad de los magistrados del TEPJF, en el dictamen relativo al cómputo final de la elección presidencial, para convertirse en presidente electo para el período del 1 de diciembre de 2018 al 30 de septiembre de 2024.
Se trata de parte del protocolo que debe de llevarse a cabo, para cumplir paso a paso lo previsto en la Constitución Mexicana y las Leyes electorales que emanan de ella, por tanto, tienen que ver, analizar y completar el alcance de la legislación para que, sobre la base de las actas de cómputo distrital levantadas por los consejeros respectivos del INE o en su caso, de las resoluciones dictadas en los juicios de inconformidad en las que se hayan modificado los resultados originales, se defina la validez de los comicios.
En esta elección, hubo 286 medios de impugnación interpuestos como controversia en los 300 cómputos distritales, mismos que fueron declarados improcedentes en las sesiones de los días tres y siete de agosto pasados, por tanto, queda documentado que las operaciones aritméticas realizadas por los magistrados del TEPJ, indican que López Obrador, obtuvo 30 millones 110 mil 327 votos, que representan el 53.20 por ciento del total de los sufragios.
Ricardo Anaya Cortés, del PAN, tiene como cifra definitiva 12 millones 607 mil 779 votos, para el 22.27 por ciento, José Antonio Meade Kuribreña el PRI nueve millones 288 mil 750 sufragios que hacen el 16.41 por ciento y Jaime Rodríguez Calderón dos millones 960 mil 461 votos, para el 5.23 por ciento.
Los votos nulos fueron un millón 602 mil 578, que son el 2.83 por ciento y los obtenidos por candidatos no registrados fueron 31 mil 979, el 0.06 por ciento.
El total de la votación de los mexicanos en la elección del uno de julio pasado, fue de 56 millones 601 mil 874 votos, por tanto, una de las elecciones con mayor participación ciudadana en las urnas, así que, por legitimación del triunfo de López Obrador y de su partido, no queda, les ganó a sus adversarios con más sufragios de los que habían pensado.
Comentario especial requiere la declaración de validez de la elección de presidente de los Estados Unidos Mexicanos, porque implica verificar que en todo momento se cumplieron los principios constitucionales y normas legales que la rigen y que se hayan observado los valores fundamentales e indispensables para considerar una elección como libre, auténtica y democrática.
Calificar una elección significa examinar si los comicios están apegados a los principios rectores y con las formalidades del proceso electoral, con miras a constatar que no hay alguna deficiencia sustancial en la delegación de la autoridad del estado mexicano a los representantes del pueblo.
Es más, debe quedar bien asentado que cada una de las etapas y actos que componen el proceso electoral fueron analizados por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el cual concluyó que todas se cumplieron y que, para la renovación del cargo de presidente de los Estados Unidos Mexicanos, prevalecieron los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.
Dos apuntes más respecto a lo protocolario para la entrega de la constancia de mayoría y la declaración de presidente electo, es que, la Sala Superior del TEPJF constate que quien resulte electo se encuentre en aptitud de asumir el cargo, por satisfacer las exigencias previstas en la Constitución y las Leyes, es decir, nacionalidad, ciudadanía, edad, residencia, no ser funcionario, ni ministro de culto y definieron que López Obrador cumple con los llamados requisitos positivos y no se encuentra en alguna de las causas contempladas en los de carácter negativo o prohibiciones.
El otro asunto del protocolo, es que el TEPJF ordena notificar a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, por conducto del presidente de su mesa directiva de septiembre próximo, para que se expida y publique el Bando Solemne a que se refiere el Artículo 74, Fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En su intervención al recibir la constancia de mayoría y ser declarado presidente electo, el tabasqueño izquierdista, rindió un homenaje al pueblo de México, por su vocación democrática, agradeció a los ciudadanos que le dieron su confianza y reconoció la madurez política de quienes aceptaron los resultados electorales.
Hizo ver que se viven momentos históricos, porque lo acontecido el uno de julio en las votaciones, fue sorprendente y ejemplar, ya que, la sociedad manifestó su entereza y talento, elementos que son reconocidos por otros pueblos, países y gobierno del mundo.