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Decreto de proyectos ejecutivos

2/01/2019 – Desde finales de octubre pasado, fue aprobado un decreto firmado por los diputados María de Jesús Gurrola Arellano, José Ciro Hernández Arteaga y Copitzi Hernández García, se acordó reformar la Fracción III del Artículo 304 del Código para el Desarrollo Sustentable del Estado de Tamaulipas y adicionar los párrafos tercero y cuarto al Artículo 158 del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas.
Ello para crear una figura en el presupuesto de egresos de cada municipio denominada Proyectos Ejecutivos, que equivale al 1.5 por ciento del total del presupuesto autorizado para el año fiscal. El Artículo 158 del Código Municipal adicionado, con dos párrafos, en el primero indica la obligatoriedad de que en el proyecto de presupuesto de egresos municipal que corresponda, se deberán prever, en un apartado específico, las erogaciones para proyectos ejecutivos en materia de manejo integral de residuos sólidos urbanos, las cuales deberán ser al menos del 1.5 por ciento para desarrollar dichos proyectos ejecutivos.
Luego dice que, la obligación en sus términos deberá ser considerada también en los proyectos presupuestales de los Organismos Operadores Municipales responsables de prestar servicios públicos de agua, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición del agua, para la realización de proyectos ejecutivos inherentes al tratamiento y disposición de aguas residuales.
El párrafo cuarto añadido al Artículo 158 del Código Municipal, señala que esta previsión presupuestal, podrá destinarse, en su caso, a la rehabilitación, mantenimiento y conservación de infraestructura de los proyectos ejecutivos referidos en la disposición, así como, para garantizar su funcionamiento en forma permanente.
Como obligación para los municipios, implicaría, una suma para proyectos ejecutivos de casi 200 millones de pesos, sumados los presupuestos que en conjunto tendrán los 43 ayuntamientos de la entidad, por tanto, es una cantidad respetable.
En virtud de ser una obligación debe estar contenida ya en el presupuesto de egresos de los municipios para que se haga a partir del 2019, dado que, el decreto número LXIII-523, fue publicado en el Periódico Oficial del Estado el martes 27 de noviembre pasado y entró en vigor a partir del 28 de ese mismo mes y en caso de que no se haya realizado, para eso se modificó la Fracción III del Artículo 304 del Código para el Desarrollo Sustentable del Estado de Tamaulipas.
La reforma a esta fracción, apunta la aplicación de una multa equivalente del 1.5 al 2 por ciento del presupuesto de egresos correspondiente, a los ayuntamientos que incumplan con lo dispuesto en el párrafo tercero del Artículo 158 del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas.
La multa dice la reforma, se aplicará también en sus términos a los Organismos Operadores Municipales responsables de prestar servicios públicos de agua, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de agua, además de una multa equivalente de cien a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Quizá sea necesario que los secretarios de los ayuntamientos hasta se reúnan junto con los directores de Obras Públicas, para que analicen a detalle el contenido del Decreto LXII-523, porque, sí no previeron ese 1.5 por ciento del presupuesto para proyectos ejecutivos, como primera actividad de su chamba en este año que inicia, tienen que decir a sus compañeros del área financiera que separen la cantidad a que equivale ese 1.5 por ciento del presupuesto que ejercerán en 2019.
También que deberán pagarla como multa a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, que se supone es la ejecutora del Código para el Desarrollo Sustentable del Estado de Tamaulipas.
Dos cosas básicas, la primera, los alcaldes, deben de entrevistarse con los diputados, mínimo los de la Mesa Directiva del mes de octubre pasado, Gurrola Arellano, Hernández Arteaga y Hernández García, para que obtengan información precisa del término proyectos ejecutivos a que se refiere el decreto, bajo la premisa de que, en materia arquitectónica es la elaboración del juego de planos que contempla cada parte de la construcción, desde la mecánica del suelo, las instalaciones hidráulicas, eléctricas, el desplante de muros y desde luego una maqueta en la cual pueda verse la obra a escala.
Segunda, los secretarios de los ayuntamientos tienen que dialogar largo y tendido sobre el mismo tema de proyectos ejecutivos, para que, cuanto antes se pongan de acuerdo para contratar a quien habrá de elaborarlos o ejecutarlos, porque dispondrán para ello, del 1.5 por ciento del total del presupuesto de egresos y tiene que ser comprobado porque se trata de un recurso que está etiquetado en el presupuesto del 2019.

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